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EU_PUBLIC_AFFAIRS16 / 18 · historia del día3 min · 726 palabras · 24 fuentes

359 expulsiones al margen del asilo griego

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Escrito por IAto brief AI · 18 de julio de 2026, 02:50
Cómo se escribió

Legal protections remain unreachable when the first record of arrival is never made.

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el texto · 3 min de lectura

Una persona interceptada en la frontera griega tiene derecho a identificarse, pedir asilo y recurrir ante un tribunal cualquier expulsión. Esos derechos figuran en el derecho de la UE, en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión. Pero si se la expulsa antes de que alguien registre su nombre, esas garantías quedan reducidas a papel.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Grecia ha documentado 21 presuntos incidentes de retorno forzoso informal que afectaron al menos a 359 solicitantes de asilo y refugiados, según el informe de su Mecanismo de Registro (in.gr). El documento sostiene que actores uniformados y no uniformados llevaron a cabo expulsiones sin identificar a las personas afectadas, sin examinar sus solicitudes y sin permitir control judicial.

Por qué las prácticas fronterizas viajan

Las normas europeas de asilo atribuyen la responsabilidad al Estado de primera llegada. Grecia es uno de ellos. Si el acceso al asilo allí no funciona de forma fiable, se debilita la premisa jurídica sobre la que descansa todo el sistema: que Grecia tramitará correctamente los casos. A partir de ahí, los tribunales de los países de destino pueden bloquear traslados y el mecanismo empieza a deshacerse desde dentro.

La Defensora del Pueblo Europea, el organismo independiente de la UE encargado de examinar quejas contra las instituciones comunitarias, ya ha constatado que la Agencia de Asilo de la Unión Europea, enviada para ayudar a Grecia a tramitar solicitudes, no remitió a la Comisión Europea informes sobre devoluciones en caliente (European Ombudsman). Esa conclusión no prueba cada denuncia. Sí confirma, sin embargo, que la cadena de comunicación entre el terreno y Bruselas puede romperse incluso cuando hay agencias europeas presentes físicamente.

Alemania muestra cómo se propaga el problema. Los tribunales alemanes han confirmado en general las devoluciones a Grecia con arreglo a las normas europeas de responsabilidad en materia de asilo, pero los juzgados administrativos han actuado con más cautela en el caso de mujeres, por los riesgos de explotación y violencia sexual (taz). Para decidir si una devolución es legal, los jueces necesitan hechos; la Agencia de Derechos Fundamentales de la UE, encargada de supervisar el cumplimiento de esos derechos, ha insistido precisamente en ese punto (FRA). El comisario de Derechos Humanos del Consejo de Europa ha reclamado controles de riesgo, supervisión independiente y control judicial antes de poner en marcha cualquier centro de tramitación externo (Berliner Zeitung).

Dónde trazaron la línea los tribunales

España ofrece el contraste jurídico más claro. El Tribunal Supremo ha dictaminado recientemente que el rechazo inmediato en frontera no puede aplicarse a personas interceptadas en el mar o mientras nadan hacia Ceuta y Melilla, las dos ciudades autónomas españolas en la costa norteafricana. Debe aplicarse el procedimiento completo: identificación, asistencia letrada, intérprete y una evaluación de protección susceptible de recurso (rtve.es, europapress.es).

El intento de Italia de filtrar solicitudes de asilo fuera de su territorio, mediante la tramitación de migrantes en Albania bajo responsabilidad jurídica italiana, ha chocado con el mismo límite. Jueces italianos se negaron a validar internamientos en el centro albanés y suspendieron procedimientos fronterizos acelerados (Amnesty Piemonte/VdA, Sky TG24). En ambos países, los tribunales obligaron a encajar los experimentos de control fronterizo dentro de procedimientos revisables.

El caso griego ilustra un problema más difícil. Cuando la expulsión no queda documentada y se completa antes del registro, los tribunales no pueden reconstruir lo ocurrido. La sentencia española obliga a someter un acto fronterizo a procedimiento. Las denuncias griegas describen expulsiones que esquivan por completo ese procedimiento.

La brecha del registro

El Pacto de Migración y Asilo de la UE, el nuevo marco común que empieza a aplicarse, promete cribado, registro y supervisión independiente en las fronteras exteriores. Pero las conclusiones del organismo griego de derechos humanos describen presuntas expulsiones antes de que el sistema registre a nadie. Las garantías del Pacto empiezan cuando una persona queda inscrita. Lo que ocurre en los segundos previos sigue sin documentarse.

La Comisión Europea tiene potestad para abrir procedimientos de infracción, su herramienta para obligar a los Estados miembros a cumplir el derecho de la UE, en virtud del artículo 258 del TFUE. Si el patrón denunciado se confirma, el registro será la primera prueba de aplicación del Pacto. La Comisión debe aclarar si el caso griego exige una investigación formal o si seguirá sin actuar.

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7/18/2026, 2:40:08 AM
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