UE aprueba centros de retorno sin país anfitrión

Europe has authorised the journey, but its destination remains unsettled.
Composición de imagen · tobriefEl 1 de octubre, los ministros de la UE aprobaron definitivamente un reglamento que permite a los Gobiernos enviar a centros de retorno en países ajenos al bloque a personas sin derecho a permanecer en la UE (Consejo, EFE). Las normas sobre estos centros se aplicarán desde la entrada en vigor del reglamento. Los Gobiernos que más han defendido la iniciativa aún no han publicado ningún acuerdo con un país dispuesto a acoger uno.
La diferencia es decisiva: el reglamento solo concede autorización. Convertirla en una salida efectiva depende de otros actores: los Gobiernos nacionales, el país anfitrión, los tribunales y, por último, el país de origen de cada persona.
Quién decide qué
El proceso arranca en una capital nacional. Las autoridades de cada país deciden que una persona debe marcharse. Con la nueva Orden Europea de Retorno, registran los datos esenciales en un formulario común que pueden consultar los demás Estados miembros. Que otro país aplique esa decisión dependerá de su propio criterio (Brussels Times).
España se opuso precisamente a esa libertad de decisión. Madrid quería que todos los países de Schengen estuvieran obligados a ejecutar las decisiones de los demás. Como en ese espacio se cruzan la mayoría de las fronteras interiores de la UE sin controles de pasaporte, España sostiene que una persona podría eludir la expulsión con solo desplazarse a otro país. También consideró insuficientes las garantías para las familias y fue el único Gobierno que votó en contra (elDiario.es). No podía bloquear el reglamento, aprobado por mayoría cualificada, un sistema de voto ponderado que no concede derecho de veto a ningún país.
Los centros de retorno están más adelante en el proceso. Solo se puede enviar a ellos a personas que ya tengan una decisión de retorno. El país anfitrión debe respetar el derecho internacional de los derechos humanos, incluida la prohibición de trasladar a alguien a un lugar donde pueda sufrir persecución o tortura. Los menores no acompañados quedan excluidos, pero las familias con hijos no están excluidas de forma general (ECRE). Los tribunales podrán examinar si cada traslado cumple esas condiciones.
El reglamento entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial, la publicación de la UE que da carácter oficial a las normas. Las disposiciones sobre los centros se aplicarán desde ese día. La mayoría de los demás procedimientos nuevos empezarán un año después (Consejo).
El país anfitrión que falta
Dinamarca, Alemania, Países Bajos, Austria y Grecia acordaron en septiembre un modelo común de centros y aspiran a realizar los primeros traslados en 2027 (ministerio danés). Desde entonces, los cinco países negocian en grupo con posibles países anfitriones (To Brief).
El día de la aprobación, el ministro alemán del Interior, Alexander Dobrindt, dijo que aún había que negociar la disposición de los posibles países anfitriones. Confió en que hubiera un acuerdo antes de fin de año (Tagesschau). El ministro danés de Inmigración, Morten Bødskov, afirmó que ya existía la base jurídica (The Copenhagen Post). Esa base solo cubre el lado europeo. Los cinco Gobiernos aún necesitan un país anfitrión y ninguno ha publicado un acuerdo firmado.
Por qué no basta con encontrar un país anfitrión
Incluso un acuerdo firmado solo resuelve uno de los obstáculos. Investigadores de SWP, un instituto alemán de política, advierten de que el consentimiento del país anfitrión no obliga al país de origen de una persona a expedir documentos de viaje ni a readmitirla (SWP). El país anfitrión acepta recibir a las personas; solo el país de origen puede admitirlas de vuelta.
Ese segundo obstáculo es el que Europa ya tiene dificultades para superar. En 2025, los países de la UE ordenaron la salida de 491.950 personas y devolvieron a 135.460 a países ajenos a la UE (Eurostat). Las dos cifras no corresponden a las mismas personas, por lo que la diferencia no permite medir cuánto podrían aportar los centros. Sí muestra que ordenar una salida lleva tiempo siendo más sencillo que ejecutarla.
La advertencia de SWP apunta a un riesgo: si el país de origen se niega a expedir documentos, un centro podría acabar reteniendo a personas sin poder enviarlas de vuelta. El caso quedaría fuera de la UE, pero seguiría sin resolverse. Que esto ocurra dependerá de los acuerdos con los países de origen, que el nuevo reglamento no establece.
Por tanto, los cinco Gobiernos que prometen realizar traslados deben ofrecer dos cosas: un acuerdo publicado con un país anfitrión que resista el examen de los tribunales y una forma de conseguir documentos de los países de los que proceden las personas afectadas. El reglamento permite crear centros, pero sus promotores no han publicado ningún acuerdo con un país anfitrión. El calendario de traslados sigue siendo una aspiración.
Details about this article
- Model:
- claude-opus-5-5
- Generated:
- 10/2/2026, 2:09:31 AM
- Pipeline run:
- eu_pipeline_20261002_005006
- Watermark:
- SynthID (Google's invisible watermark)
- Human review:
- None before publication